Segunda mano y Piojo Herrera promueven  

tr�fico de especies

 

Comunicado de Prensa

M�xico, 12 de marzo 2013.

 

El 5 de marzo pasado, durante el partido de la selecci�n mexicana de futbol contra Nigeria, la compa��a Segunda Mano present� un comercial junto con el director t�cnico de la selecci�n nacional, el Sr. Miguel Ernesto Herrera Aguirre (conocido como "El Piojo"), que igualmente replic� en medios impresos, en el que el se�or Herrera toma posesi�n de un perico, lo cual est� prohibido y penado por la legislaci�n ambiental, denunciaron Defenders of Wildlife, Teyeliz, A.C., Centro Mexicano de derecho Ambiental, Producciones Serengueti, Comarino y Fundaci�n Antonio Haghenbeck y de la Lama I.A.P.

 

 

 

La Ley General de Vida Silvestre establece una veda para el aprovechamiento de cualquier especie de psit�cido mexicano 1 y a su vez el C�digo Penal Federal 2 tipifica la actividad comercial y posesi�n de especies silvestres protegidas y vedadas como un delito que es penalizado con hasta 9 a�os de c�rcel.

 

"Los pericos y guacamayas est�n en grave riesgo de extinci�n debido principalmente al comercio ilegal para el mercado de mascotas. Por esta raz�n en octubre del 2008 se decret� una veda total para la captura, comercializaci�n, posesi�n y exportaci�n de cualquier especie de psit�cido mexicano, con el fin de detener el inmenso saqueo, proteger a las especies y recuperar a las poblaciones silvestres", afirm� Juan Carlos Cant�, director de programas de Defenders of Wildlife de M�xico.

 

"Desde el 2009 existe una campa�a a nivel nacional que se lanz� entre la Procuradur�a Federal de Protecci�n al Ambiente (PROFEPA) y diversas organizaciones e instituciones para informar al p�blico mexicano que no compre pericos silvestres por tratarse de una acci�n ilegal. Por lo anterior, la inmensa cobertura de la publicidad del Segunda Mano echa por tierra el trabajo de m�s de cinco a�os y puede hacer que se incremente el tr�fico ilegal afectando a las poblaciones silvestres de pericos y guacamayas, en especial aquellas que est�n en peligro de extinci�n", dijo Mar�a Elena S�nchez, presidenta de Teyeliz, A.C.

 

"En la publicidad del Segunda Mano se muestra una transacci�n de un perico mexicano por el ahora muy famoso Director T�cnico de la Selecci�n Nacional de F�tbol con otra persona, lo cual es ilegal de acuerdo con la legislaci�n vigente. La ignorancia de la Ley no es excusa para no acatarla y peor a�n, el difundir dicha ignorancia a nivel nacional solo crear� problemas para la conservaci�n de especies vulnerables haciendo m�s dif�cil el trabajo de las autoridades ambientales" dijo Marielena Hoyo, presidenta de Producciones Serengueti.

  

 "Es lamentable que esta compa��a desconozca la ley ambiental y el da�o que causar� su publicidad. Sin embargo, es necesario que se detenga inmediatamente dicha publicidad, ya que el alto perfil medi�tico de los partidos de la Selecci�n Nacional, al igual que de su Director T�cnico, hacen que sea urgente una acci�n por parte de las autoridades para que estas mentiras no se sigan difundiendo y fomentando el tr�fico ilegal de pericos en M�xico", dijo Gustavo Alanis, presidente del Centro Mexicano de Derecho Ambiental.

 

Las organizaciones ambientales han presentado denuncias ante la Procuradur�a Federal del Consumidor y la Profepa, tanto en contra del Segunda Mano, como contra quien resulte responsable para que se detenga la publicidad que fomenta el tr�fico de pericos.

 

 

Notas al Editor 

1.- LGVS. Art�culo 60 Bis 2.- Ning�n ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psit�cido, cuya distribuci�n natural sea dentro del territorio nacional, podr� ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comerciales

 

2.- CPF. Art�culo 420.- Se impondr� pena de uno a nueve a�os de prisi�n y por el equivalente de trescientos a tres mil d�as multa, a quien il�citamente: IV. Realice cualquier actividad con fines de tr�fico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al pa�s o extraiga del mismo, alg�n ejemplar, sus productos o subproductos y dem�s recursos gen�ticos, de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acu�ticas en veda, considerada end�mica, amenazada, en peligro de extinci�n, sujeta a protecci�n especial, o regulada por alg�n tratado internacional del que M�xico sea parte, o Se aplicar� una pena adicional hasta de tres a�os m�s de prisi�n y hasta mil d�as multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente art�culo se realicen en o afecten un �rea natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.

 

Para mayor informaci�n

Juan Carlos Cant�

5596-2108

jccantu@defenders.org

Mar�a Elena S�nchez

5251-6096

teyeliz@gmail.com