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6ta Edici�n Electr�nica
Correo Electr�nico Autorizado

Reestructuraci�n de los Negocios para enfrentar la crisis
Primero de una Serie


Por: Rolando Emmanuelli Jim�nez, JD, LLM
y
Yasm�n Col�n Col�n, CPA, MBA, JD

 

 

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La crisis econ�mica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el a�o 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo econ�mico. El desempleo y las quiebras alcanzan niveles sin precedentes y se agrav� la desindustrializaci�n de Puerto Rico con la salida de muchas empresas que operaban bajo la Secci�n 936 del C�digo de Rentas Internas Federal.

 

La crisis afect� nuestras finanzas personales, pero particularmente, las finanzas de la gran mayor�a de los empresarios peque�os y medianos de Puerto Rico. Desde el comienzo de la crisis, hasta nuestros d�as, han tenido que cerrar de manera abrupta miles de negocios locales, lo que es evidente cuando pasamos por las calles del Casco Hist�rico de Ponce o por sus avenidas perif�ricas, como la Avenida Las Am�ricas.

 

El cierre precipitado de estos negocios no es la soluci�n, pues ocasiona la eliminaci�n de ingresos para sus empleados y due�os, p�rdidas para los suplidores, reclamaciones judiciales por cobro de dinero y ejecuciones de hipoteca bancaria, tanto para el negocio, como para las personas involucradas en los documentos de pr�stamo.

 

Todo esto crea una espiral descendente que se propaga por el resto de la econom�a y es una de las causas de problemas emocionales, la crisis social y la violencia que sufrimos en Puerto Rico.

 

No se espera que la crisis econ�mica de Puerto Rico se resuelva en un futuro previsible. A�n en los Estados Unidos, el panorama es sombr�o, porque la Reserva Federal ha determinado mantener los intereses casi en cero hasta el 2014. Esto prueba fehacientemente que ni Estados Unidos, ve a corto plazo, indicios de recuperaci�n.

 

Ante este panorama, los negocios puertorrique�os deben implantar estrategias urgentes y agresivas para preservar su estabilidad en lo que la crisis se va disipando en los pr�ximos a�os, para al menos restablecer los niveles de ingreso y empleo existentes antes del 2005.

 

Es indispensable mejorar, transformar o rectificar con urgencia los negocios para mantener su viabilidad o rentabilidad.  

 

�Pero, por d�nde empezar?

 

En primer t�rmino, no importa en la situaci�n que se encuentre su negocio, es indispensable la recopilaci�n minuciosa de informaci�n y el an�lisis financiero para entender en qu� etapa de deterioro se encuentra.  

 

Conforme a Grant W. Newton, en su obra, Bankruptcy and Insolvency Accounting (2010), existen cuatro etapas en la ruta hacia la insolvencia:

 

La primera etapa es el periodo de incubaci�n. Durante este tiempo se manifiestan los primeros s�ntomas de stress financiero. Por ejemplo, cuando los costos fijos comienzan a aumentar y se comienzan a identificar cambios negativos en la demanda, que va reduciendo las ganancias. En esta etapa, si se act�a a tiempo, es m�s probable estabilizar el negocio y capear la tormenta.

 

La segunda etapa es insuficiencia de efectivo. Ahora comienza a manifestarse dificultad para cumplir las obligaciones de pago. Se afecta el flujo de efectivo y se tiene que recurrir a las reservas o nuevos cr�ditos bancarios para poder operar. Es indispensable entonces, establecer controles de costos agresivos y utilizar estrategias para vender el inventario y mejorar el sistema de facturaci�n y cobro para reducir las cuentas por cobrar.

 

La tercera etapa es la insolvencia financiera. Durante esta etapa la empresa tiene cuentas atrasadas con los acreedores principales, como las l�neas de cr�dito y los suplidores, y se empiezan a sentir presiones fuertes para el pago. Ahora, queda poco tiempo para mantenerse a flote y es indispensable que se negocie con los acreedores nuevos t�rminos de pago o nuevo financiamiento para las operaciones. Adem�s, deben implantarse otras medidas agresivas de control financiero.

 

La cuarta etapa es la insolvencia total. En esta etapa, el total de deudas es mayor que el total de los activos. El empresario tiene que vender precipitadamente el negocio, sus activos individuales o cerrar abruptamente con las consecuencias que esto acarrea. La principal consecuencia es que los acreedores pueden iniciar procesos de cobro que en muchos casos, aunque exista una corporaci�n, pueden ir contra los activos personales de los due�os del negocio. Es decir, su casa, ahorros, autos y otras propiedades. Esto ocurre porque en muchos casos, los acreedores, particularmente los bancos, exigen garant�as personales y colaterales para extender cr�ditos a las peque�as y medianas empresas. Por tanto, aunque el negocio cierre, los due�os tendr�an que eventualmente pagar esas deudas.

 

La crisis financiera de la empresa, permite la oportunidad de presentar una quiebra bajo el Cap�tulo 7 de la Ley de Quiebras Federal, que permite liquidar ordenadamente los activos del negocio o bajo un Cap�tulo 11, para establecer que la empresa ser�a viable mediante un plan de reorganizaci�n bajo la supervisi�n de la Corte de Quiebras. Ambas soluciones son mejores que un cierre precipitado del negocio porque permiten el descargue o eliminaci�n de todas o la mayor�a de las deudas.

 

En muchos casos, dadas las garant�as personales que los due�os tienen que ofrecer para obtener financiamiento para sus empresas, recurren a una quiebra personal, bajo el Cap�tulo 7 de liquidaci�n o bajo el 13, que establece un plan de pago de estas obligaciones.  

Identificar la etapa en que su empresa se encuentra es vital para su supervivencia. Es imprescindible actuar r�pidamente, a m�s tardar, cuando se empieza a manifestar la segunda etapa que es la insuficiencia de efectivo.  

En la pr�xima columna abordaremos los asuntos que, desde la perspectiva financiera, deben analizarse para identificar en qu� etapa de deterioro econ�mico se encuentra su empresa y las medidas principales que se deben tomar que no afectan el capital humano de la empresa.

 

Rolando Emmanuielli Jimnes es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cmara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrin del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sbados a las 11 de la maana por WPAB 550. Yasmn Coln Coln es CPA con una maestra en contabilidad y un grado de Juris Doctor. Para mayor informacin vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

 

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Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., en Ponce, Presidente de la Alianza Pro Sur, Segundo Vicepresidente de DISUR, Inc., pasado presidente de la C�mara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitri�n del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los s�bados a las 11:00 de la ma�ana por WPAB 550. Para mayor informaci�n vea www.debidoproceso.com.

Yasmn Coln Coln es CPA con una maestra en contabilidad y un grado de Juris Doctor.

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n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

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Cordialmente, 

 

Rolando Emmanuelli Jim�nez 

Presidente

USDC-PR No. 214105

RUA 8509

 

 

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*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.



Actividades y Noticias 
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   El Bufete Emmanuelli, C.S.P. cuenta con la Divisi�n de Quiebras y Seguro Social Bufete Amado Pereira.

Escuche los Podcasts sobre las alternativas que ofrecen el Cap�tulo 13 y el 7 de la Ley de Quiebras para resolver la crisis econ�mica de las personas y los matrimonios.

 
 

 Cap�tulo 13:

 

 Tema:Conversando con el Lcdo. Andrew Jim�nez sobre:La Crisis Econ�mica y las Relaciones entre los Deudores y los Acreedores    

 

Cap�tulo 7:

   

Tema: Conversando con el Lcdo. Andrew Jim�nez sobre: La Crisis Econ�mica y las Relaciones entre los Deudores y los Acreedores 

 

 

Anfitri�n Rolando Emmanuelli Jim�nez

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Tambi�n Puede Visitar:

El Blog sobre el Cap�tulo 13

http://quiebracapitulo13.blogspot.com/ 

   

 El Blog sobre el Cap�tulo 7 

 

http://quiebracapitulo7.blogspot.com/ 

 

El Blog sobre el Cap�tulo 11

 

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El Bufete Emmanuelli, C.S.P., es un bufete de abogados y abogadas que ubica en Ponce, Puerto Rico y se dedica a la pr�ctica y litigaci�n de derecho civil, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, comercial, salud, marcas y nombres comerciales, monopolio y derecho empresarial en general.

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Otras actividades y foros de divulgaci�n:

Academia Jur�dico Empresarial:

Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Am�ricas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P. estableci� en enero de 2007, la primera Academia Jur�dico Empresarial para la regi�n Sur que provee asesoramiento, consultor�a y apoyo en las �reas de Derecho y Administraci�n de Empresas. Esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-econ�mico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Am�ricas. 
 
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Programa de Radio Debido Proceso de Ley:

El programa Debido Proceso de Ley comenz� su transmisi�n en el a�o 1996 por WPAB Radio 550 y desde entonces se ha transmitido en varios formatos y ediciones. Desde el s�bado, 11 de noviembre de 2000, se ha transmitido una edici�n del programa Debido Proceso de Ley con el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez como anfitri�n contando con la participaci�n de personalidades del quehacer jur�dico y social.

Debido Proceso de Ley se dedica a la orientaci�n a la comunidad puertorrique�a. En el programa se discuten los asuntos jur�dicos y sociecon�micos de mayor impacto en la vida diaria, cuenta con el comentario y an�lisis sobre las leyes y jurisprudencia m�s reciente y con la participaci�n de invitados protagonistas de las noticias jur�dicas en nuestro pa�s.
 
 
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Podcast Debido Proceso de Ley

No se pierda el programa Debido Proceso de Ley en su versi�n de audio en la Internet. Para escuchar los episodios del programa vaya al Podcast Debido Proceso de ley en la siguiente direcci�n:  

www.debidoproceso.com

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Blog del Bufete Emmanuelli


El Bufete Emmanuelli publica su Blog en la siguiente direcci�n:  

  debidoprocesodeley.blogspot.com 

En el Blog del Bufete Emmanuelli, encontrar� informaci�n sobre los asuntos p�blicos que tienen impacto jur�dico. El Blog es interactivo y le permite publicar sus comentarios sobre los temas que se desarrollen.

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La informaci�n de este bolet�n se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jur�dica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.



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