Reporte Laboral
Novedades legales

Asignaciones Familiares. Índice de Movilidad.

Resolución ANSeS n° 175-E/2017
 
El pasado 19 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial la Resolución DE ANSS n° 175-E/2017 (ver Resolución ) que estableció en 13,32 % el valor de la movilidad correspondiente al mes de septiembre de 2017 para la determinación de los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales.
 
Asimismo, la norma estableció que, cuando por aplicación del índice de movilidad y del coeficiente establecido en el artículo 2° de la Ley n° 27.160, el monto de las Asignaciones Familiares y Universales y/o el valor de los rangos de ingresos del grupo familiar resulte con decimales, se aplicará redondeo de los decimales al valor entero siguiente.
 
La norma determina, en sus anexos, los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales a partir de septiembre de 2017, conforme el siguiente detalle:

Trabajadores en relación de dependencia registrados y titulares de la ley de riesgos del trabajo
(i)
:



Titulares de la Prestación por Desempleo:

 

 

 

Titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino(ii):

 

 

 

Veteranos de guerra del Atlántico Sur(iii):

 

 


Titulares de AAFF para Protección Social:

 

 

 

Trabajadores Monotributistas:

 

 

  


(i) Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1: Provincias de La PampaRío Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.

Zona 2: Provincia del Chubut.

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

 

(ii) Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

 

(iii) Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

 

(iv) Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

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