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USCIS ahora exige formulario de examen médico junto con el Formulario I-485
A partir del 2 de diciembre de 2024, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) exige que los solicitantes que presenten el Formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus, incluyan el Formulario I-693, Informe de examen médico de inmigración y registro de vacunación. Este cambio significa que las solicitudes que no incluyan el Formulario I-693 al momento de la presentación pueden ser rechazadas.
El examen médico de inmigración, realizado por un cirujano civil designado, confirma que los solicitantes cumplen con los estándares de admisibilidad relacionados con la salud, incluidas las vacunas requeridas. USCIS introdujo este requisito para reducir las demoras causadas por las solicitudes de evidencia (RFE) y mejorar el cronograma de procesamiento del Formulario I-485.
Si tiene preguntas sobre cómo esto afecta su solicitud, Monty & Ramirez LLP está listo para brindarle apoyo y ayudarlo a cumplir con estos requisitos actualizados. Comuníquese con nuestro equipo hoy mismo para recibir asistencia personalizada.
Mantenga su tarjeta LPR actualizada antes de viajar al extranjero
Los residentes permanentes legales (LPR) deben asegurarse de que sus tarjetas de residente permanente (Green Cards) estén vigentes y sean válidas antes de viajar al extranjero. Las tarjetas vencidas o que estén a punto de vencer pueden causar complicaciones al reingresar a los Estados Unidos o al viajar al exterior. Si su tarjeta ha vencido, considere solicitar una renovación o extensión mediante el Formulario I-90. Para las personas con una renovación pendiente, un aviso de recibo debidamente presentado (Formulario I-797) puede servir como prueba de la continuidad de su estatus, pero es importante confirmarlo antes de partir.
Regla de los 180 días para los LPR: mantener la residencia en los EE. UU.
Los residentes permanentes deben mantener su residencia principal en los Estados Unidos. Las ausencias prolongadas que superen los 180 días podrían poner en peligro su estatus y dar lugar a interrogatorios en los puntos de reingreso. Las salidas prolongadas pueden dar lugar a que se considere que ha abandonado su residencia. Si el viaje prolongado es inevitable, se recomienda solicitar un permiso de reingreso (formulario I-131) para aclarar sus intenciones y preservar su estatus de residente.
Recordatorio: tiempos de procesamiento de pasaportes de EE. UU.
¿Está pensando en viajar al extranjero? Asegúrese de que su pasaporte estadounidense sea válido y solicite la renovación con anticipación. Los tiempos de procesamiento de los pasaportes pueden variar: el servicio de rutina demora aproximadamente entre 8 y 11 semanas y el servicio urgente, entre 5 y 7 semanas. Para viajes urgentes, es posible que haya servicios en persona disponibles en agencias de pasaportes con comprobante de viaje. Manténgase informado sobre las últimas actualizaciones y servicios en la página oficial de pasaportes del Departamento de Estado de EE. UU .
Manténgase informado sobre los cambios en la política de asilo
Con los posibles cambios en las políticas de asilo bajo la administración entrante de Trump, es fundamental tomar medidas proactivas para proteger su caso. Si aún no ha solicitado asilo, ahora es el momento. Presentar el Formulario I-589 con prontitud o agregar familiares a su caso puede brindar protección adicional. Para quienes esperan respuesta, se puede solicitar un procesamiento acelerado. Las solicitudes de autorización de trabajo también deben presentarse o renovarse lo antes posible, ya que los requisitos de elegibilidad pueden cambiar pronto.
Monty & Ramirez LLP se compromete a ayudar a las familias a atravesar estos tiempos inciertos. Si necesita ayuda con solicitudes de asilo, permisos de trabajo o para explorar opciones de inmigración alternativas, contáctenos al 281-493-5529 o info@montyramirezlaw.com .
Boletín de visas de diciembre de 2024
Fechas de acción final:
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