PARA: Diputados de Estado, Secretarios de Estado, Diputados de Distrito, Grandes Caballeros, Secretarios Financieros, Fieles Navegantes y Fieles Contralores en Estados Unidos

 

DE: Departamento Legal de los Caballeros de Colón

 

FECHA: 2 de octubre del 2024

 

ASUNTO:  Información sobre los impuestos del 2023 para Consejos, Asambleas y Capítulos de los CdeC

Este memorando, que se distribuyó previamente en febrero del 2024, proporciona orientación para cumplir con sus obligaciones de declaración de impuestos.


Si el año fiscal de su consejo es desde el 1 de enero al 31 de diciembre y ya ha presentado el Formulario 990 del 2023 de su consejo, ignore este memorando. Si el año de informe fiscal de su consejo es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre y aún no ha presentado el Formulario 990 del 2023 de su consejo, hágalo lo antes posible.

 

Si el año fiscal de su consejo es desde el 1 de julio hasta el 30 de junio, debe presentar el Formulario 990 del 2023 de su consejo el 15 de noviembre del 2024 o antes. 

Este aviso es para recordar a los consejos, las asambleas y los capítulos de Estados Unidos su obligación legal de presentar un Formulario 990 del IRS (declaración de impuestos informativa) para el año fiscal 2023, y para proporcionar instrucciones detalladas sobre cómo cumplir con esta obligación.

 

Los Caballeros de Colón, incluyendo todos los consejos, asambleas y capítulos subordinados (denominados colectivamente como consejos), es una organización exenta de impuestos, reconocida por el Servicio de Impuestos Internos como una sociedad benéfica fraternal según la Sección 501(c)(8) del Código de Impuestos Internos. Este estado exento de impuestos requiere que cada consejo presente un Formulario 990 ante el IRS de forma anual.

 

Los consejos que informen recibos brutos de $50,000 dólares o menos y menos de $200,000 dólares en activos cumplirán con su obligación presentando la tarjeta postal electrónica del Formulario 990-N (también conocida como e-Postcard). Los consejos que informen recibos brutos de más de $50,000 dólares y menos de $200,000 dólares con activos totales de menos de $500,000 dolares deben presentar el Formulario 990-EZ. Los consejos con recibos brutos de $200,000 dólares o más y activos totales de $500,000 dólares o más deben presentar el Formulario 990.


RECORDATORIO

 

El IRS ahora exige la presentación electrónica para todas las organizaciones exentas de impuestos, independiente del formulario que utilicen. El sistema de presentación en línea, también conocido como “E-Services”, requiere que todos los usuarios nuevos se registren o inicien sesión con LOGIN.GOV o ID.me, los proveedores de servicios de credenciales actuales del IRS. 

 

Existen dos maneras de acceder al sistema de presentación electrónica del Formulario 990-N: (1) inicie sesión con su nombre de usuario activo del IRS; o (2) inicie sesión/cree una cuenta con LOGIN.GOV o ID.me. Quienes presenten el Formulario 990-N que tengan un nombre de usuario existente del IRS y se registren para una nueva cuenta de Login.gov o ID.me debe usar la dirección de correo electrónico asociada con su cuenta del IRS. Consulte la Guía del usuario para el sistema de presentación electrónica del Formulario 990-N del IRS. Las instrucciones están disponibles en el sitio web del IRS y los enlaces a este sitio web se encuentran en la sección Dónde presentar, que se muestra a continuación.

Plazo para presentar la declaración anual (todos los formularios)

 

Cada consejo debe presentar su propia declaración fiscal; no existe una presentación consolidada ni de grupo del Formulario 990. Las declaraciones deberán ser presentadas a más tardar el día quince del quinto mes posterior al final del año contable del consejo. Por ejemplo, si el período contable de un consejo finaliza el 31 de diciembre, debe presentar una declaración de impuestos antes del 15 de mayo del año siguiente; si el período contable de un consejo finaliza el 30 de junio, debe presentar una declaración de impuestos antes del 15 de noviembre. Tenga en cuenta que el IRS asigna el período contable a cada consejo según su número de identificación de empleador (EIN, por sus siglas en inglés).  El IRS no notificará al consejo sobre el período contable. Para determinar el período contable asignado al EIN de su consejo, inicie sesión en el sistema del IRS con su identificación de usuario y contraseña. Para la mayoría de los consejos, el período contable asignado corresponde al año calendario.

¿Necesita más tiempo para presentar un Formulario 990?

 

Aunque el IRS no otorga extensiones para la presentación del Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica), el IRS aceptará presentaciones tardías si la declaración de impuestos se recibe dentro de los tres años posteriores a la fecha límite. Si bien el IRS aceptará presentaciones tardías del Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica), tenga en cuenta que la declaración tardía, incluso dentro de un período de tres años, aún se considera una presentación faltante por parte del IRS y puede desencadenar una revocación del estado exento de impuestos de un consejo si este presenta de forma tardía o no presenta una declaración en tres años consecutivos. El IRS otorga extensiones a las organizaciones que presentan los Formularios 990-EZ y 990. Si un consejo necesita más tiempo para presentar el Formulario 990-EZ o 990, debe solicitar una extensión antes de la fecha límite de la declaración para la cual solicita una extensión. La ley federal impone una sanción por presentaciones tardías o incompletas. Si una organización no presenta una declaración requerida antes de la fecha límite (incluida cualquier extensión de tiempo), debe pagar una multa de $20 dólares por cada día de atraso. En general, la multa máxima por cualquier declaración tardía es de $11,000 dólares o el 5 % de los recibos brutos anuales de la organización, lo que sea menor.  Para solicitar una extensión, los consejos deben presentar el Formulario 8868, que está disponible en el sitio web del IRS: http://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f8868.pdf.  Para los consejos que informen recibos brutos de más de $50,000 dólares, recomendamos que se utilice un profesional fiscal calificado para presentar el Formulario 8868.

Dónde presentar

 

  • Fomulario 990-N (tarjeta postal electrónica)

 

El Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica) se debe presentar en línea. 

 

La Guía del usuario para el sistema de presentación electrónica del Formulario 990-N del IRS está disponible aquí: Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica) GUÍA DEL USUARIO

 

El sistema de presentación electrónica de tarjetas postales electrónicas del Formulario 990 está disponible aquí: HAGA CLIC AQUÍ PARA PRESENTAR el Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica)

 

Si utiliza el enlace anterior para presentar el Formulario 990-N (tarjeta electrónica), no hay cargos de declaración, ya que se conecta directamente a IRS.gov.

 

  • Formularios 990-EZ y 990

 

Los formularios 990-EZ y 990 se deben presentar en línea. El sitio web del IRS entrega instrucciones para la presentación electrónica de los Formularios 990-EZ y 990: https://www.irs.gov/charities-non-profits/current-form-990-series-forms-and-instructions

 

Se recomienda enfáticamente a cualquier consejo que informe ingresos brutos de más de $50,000 dólares que considere utilizar un profesional fiscal calificado para preparar y presentar su declaración de impuestos. 

CONSEJOS PRÁCTICOS: 

  • Cuando presente, tenga en cuenta que los campos de texto no pueden superar los 35 caracteres y deben contener solo caracteres alfabéticos, numéricos o guiones. Los puntos, barras diagonales, etc., causarán errores en la presentación. 
  • En la parte superior del Formulario 990-EZ y del Formulario 990, ingrese el número de grupo de los Caballeros de Colón (0188), el estado de exención de impuestos (Sección 501(c)(8)) y la forma de organización (Asociación). Puede encontrar instrucciones para la presentación electrónica de la tarjeta postal electrónica del Formulario 990-N aquí: https://www.irs.gov/e-file-providers/e-file-for-charities-and-non-profits

Si el sitio web del IRS no le permite presentar un Formulario 990-N

 

El sistema de presentación electrónica del Formulario 990-N (tarjeta postal electrónica) puede rechazar la declaración del consejo si se cumple alguna de las siguientes condiciones: (1) el EIN del consejo se ha revocado por no presentar durante tres años consecutivos; (2) el EIN del consejo se ha restablecido recientemente; (3) es un nuevo consejo; o (4) el consejo no está en la Lista de Exención de Grupo del Consejo Supremo (actualizada continuamente por el Departamento Legal de los Caballeros de Colón). Si no puede realizar una presentación electrónica, comuníquese con el Departamento Legal por correo electrónico escribiendo a tax.ein@kofc.org. También puede comunicarse con el Servicio de atención al cliente del IRS llamando al 1-877-829-5500.

Información disponible en el sitio web del IRS

 

Le sugerimos que visite la página del IRS para organizaciones exentas de impuestos. Es un excelente recurso para los funcionarios del consejo que tienen preguntas o necesitan información sobre sus obligaciones fiscales federales: https://www.irs.gov/charities-non-profits

 

También le sugerimos que visite la página web del IRS que explica los requisitos de la presentación electrónica anual para pequeñas organizaciones exentas:

 

https://www.irs.gov/charities-non-profits/annual-electronic-filing-requirement-for-small-exempt-organizations-form-990-n-e-postcard

 

Más información disponible en el sitio web de los Caballeros de Colón. Inicie sesión en “Funcionarios” y haga clic en la pestaña “Formularios”. Al hacer clic en el ícono junto a “Información del Formulario 990” encontrará un memorando detallado sobre el cumplimiento de los impuestos, junto con los anexos.

Guía de Cumplimiento para Organizaciones Exentas de Impuestos

 

Además de cumplir con la presentación anual, cada consejo es responsable de llevar a cabo sus asuntos de manera coherente con lo que se espera de las organizaciones exentas de impuestos. De lo contrario, un consejo podría perder su estado exento de impuestos. En este sentido, es posible que los consejos deseen consultar una publicación del IRS titulada Guía de Cumplimiento para Organizaciones Exentas de Impuestos, que proporciona una guía útil:

https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p4221nc.pdf 

Conclusión

 

Si tiene preguntas relacionadas con las obligaciones de presentación de impuestos de su consejo, comuníquese con el Departamento Legal de los Caballeros de Colón por correo electrónico a tax.ein@kofc.org

 

Puede encontrar material adicional relacionado con el cumplimiento fiscal federal de Estados Unidos, así como muchos otros temas que afectan a su consejo o asamblea en el Centro de Recursos para Funcionarios (ODR). Para obtener un nombre de usuario y una contraseña para el ODR, comuníquese con el Servicio de Atención al Cliente al 1-800-380-9995.

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