Yacht Club Argentino

Mediante la Decisión Administrativa N°84/22 publicada en el Boletín Oficial el día 31 de enero del corriente, el gobierno nacional autorizó la apertura como corredor seguro internacional para el ingreso a la República Argentina en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Yacht Club Argentino sito en la Dársena Norte del Puerto de Buenos Aires.

Apruébese el protocolo aplicable denominado “Plan de contingencia para el ingreso de embarcaciones de recreo o deportivas provenientes de puertos del exterior de la República Argentina”, el que como anexo integra la presente.

La implementación del corredor seguro se ajustará a las previsiones de los referidos protocolos y a la normativa nacional vigente en materia de ingreso de personas a la República Argentina.
La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Aeropuerto Internacional Teniente Luis Candelaria de la Ciudad de San Carlos de Bariloche y del Paso Fronterizo “Pérez Rosales-Lago Frías", República Argentina – Peulla, República de Chile

Mediante la Decisión Administrativa N°85/22 publicada en el Boletín Oficial el día 31 de enero del corriente, el gobierno nacional autorizó la apertura como corredores seguros internacionales para el ingreso a la República Argentina, en la Provincia de Río Negro al Aeropuerto Internacional “Teniente Luis Candelaria” de la Ciudad de San Carlos de Bariloche y del Paso fronterizo denominado “Pérez Rosales -Lago Frías (República Argentina) – Peulla (República de Chile)”.

Apruébese el protocolo aplicable denominado “Protocolo para ingreso a la Provincia de Río Negro de viajeros internacionales a través de un corredor seguro en el Aeropuerto Internacional – Teniente Luis Candelaria- de la Ciudad de San Carlos de Bariloche y en el Paso Fronterizo Puesto Lacustre “Pérez Rosales” de la Provincia de Río Negro”, los que como anexo integran la presente.

La implementación del corredor seguro se ajustará a las previsiones de los referidos protocolos y a la normativa nacional vigente en materia de ingreso de personas a la República Argentina.

La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Terminal de Cruceros del Puerto de Mar del Plata y la Terminal Fluvial Binacional de Tigre

Mediante la Decisión Administrativa N°86/22 publicada en el Boletín Oficial el día 31 de enero del corriente, el gobierno nacional autorizó la apertura como corredores seguros internacionales para el ingreso a la República Argentina, en la Provincia de Buenos Aires a la Terminal de Cruceros del Puerto de Mar del Plata y a la Terminal Fluvial Binacional de Tigre.

Apruébese el protocolo aplicable denominado “Protocolo de apertura de corredores seguros en la Provincia de Buenos Aires” “Plan de contingencia de la Terminal Fluvial Binacional de Tigre, Provincia de Buenos Aires” y “Plan de contingencia de la Terminal de Cruceros de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires”, los que como anexo integran la presente.

La implementación del corredor seguro se ajustará a las previsiones de los referidos protocolos y a la normativa nacional vigente en materia de ingreso de personas a la República Argentina.

La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
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