17 de agosto de 2023.

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Enfoque de agosto de 2023: Elemento de Vivienda

¡Hola, Gilroy!


Hasta la fecha, posiblemente haya oído rumores acerca de las ciudades que tienen o no su “Elemento de Vivienda” certificado y conversaciones de la “Solución del Constructor” que pueden surgir. Me gustaría explicar qué significan estos términos y la situación de Gilroy en este proceso. Un Elemento de Vivienda hace referencia a una parte específica del Plan General de una jurisdicción local, un documento a 20 años en el que se explica el marco a largo plazo para el desarrollo físico, el crecimiento futuro y los objetivos de desarrollo de todo tipo (comercial, residencial, industrial, etc.) de Gilroy. En el Plan General se aborda todo lo relacionado con el desarrollo, como la circulación del tránsito y los servicios de la ciudad. Los temas específicos se denominan “elementos” del Plan General. El último Plan General que se aprobó es el Plan General para 2040 y en este se encuentra el Elemento de Vivienda que establece las metas de vivienda generales de la ciudad en la forma de objetivos, políticas y programas. Si bien el Plan General se actualiza cada 20 años, el Elemento de Vivienda (para todas las jurisdicciones locales de todo el estado) se debe actualizar cada 8 años y presentar ante el Departamento de Desarrollo Comunitario y Vivienda de California (HCD) para su certificación. Gilroy es una de las 212 jurisdicciones del estado (40 %) cuyo Elemento de Vivienda estaba aún pendiente de recibir certificación hasta el 30 de junio de 2023. Muchas de estas jurisdicciones tenían Elementos de Viviendas con fecha de vencimiento para el 2021 y 2022, mientras que el condado de Santa Clara y otras jurisdicciones del Área de la Bahía tenían fecha de vencimiento el 31 de enero de 2023. 


Dedicaré este enfoque a explicar en qué parte del proceso de certificación nos encontramos y cómo la “Solución del Constructor” puede estar en juego durante el proceso de certificación. Como siempre, en la próxima conversación y café con la alcaldesa, se explicará con más detalle lo que lea aquí y se le ofrecerá la oportunidad de hacer preguntas y obtener información más detallada. Únase a mí y al director de desarrollo comunitario, Sharon Goei, el sábado 9 de septiembre a las 9:30 a. m. en la sala del Concejo. ¡Todas las personas están invitadas a participar!



Alcaldesa Marie Blankley, contadora pública 

El proceso de certificación


Gilroy presentó por primera vez nuestro Elemento de Vivienda ante el HCD para su revisión de 90 días el 31 de octubre de 2022, luego de recibir comentarios de la comunidad, la Comisión de Planeamiento y el Concejo Municipal. El estado tenía tiempo para responder hasta el 29 de enero de 2023. El 27 de enero de 2023, recibimos una lista de comentarios para abordar por parte del HCD. En general, estos comentarios hacían referencia a la falta de detalles que brindamos para demostrar correctamente nuestro cumplimiento y cooperación con los objetivos de la fabricación de viviendas a nivel estatal en diversas categorías de viviendas. El 8 de mayo de 2023, luego de la aprobación del Concejo Municipal del 1 de mayo de 2023, el personal municipal presentó nuestro Elemento de Vivienda para la revisión del HCD de 60 días. El 6 de julio de 2023, recibimos una lista con comentarios del HCD destinados principalmente a un texto adicional para aclarar nuestros esfuerzos actuales y planificados sobre los tipos y las ubicaciones de las viviendas que cumplen con los objetivos estatales.  


El Elemento de Vivienda es un documento de más de 300 páginas. Para verlo en su totalidad, o ver los cambios resaltados a partir de los comentarios del HCD del 6 de julio de 2023, haga clic aquí. Estas pequeñas modificaciones de orden se encuentran dentro de los parámetros ya aprobados por el Concejo Municipal y están dentro de la autorización otorgada al personal para abordar los cambios solicitados por el HCD a fin de obtener la certificación y presentarlos al HCD. El personal municipal ha debatido estas modificaciones con el personal del HCD y creen que estas tendrán como resultado una certificación diligente de nuestro Elemento de Vivienda.



Solución del Constructor


El Código de Gobierno de California contiene una sección en la Ley de Responsabilidad de Vivienda conocida como “Solución del Constructor”. La Solución del Constructor se basa en el supuesto de que las jurisdicciones locales están rechazando los proyectos de vivienda propuestos por los desarrolladores. Como el nombre indica, Solución del Constructor hace referencia a lo que un desarrollador de viviendas puede hacer para solucionar una situación en la que la jurisdicción local pueda estar oponiéndose a los desarrollos de viviendas. La sección de la ley estatal plantea que, si un Elemento de Vivienda no cumple con la ley estatal más allá de la fecha de vencimiento original (31 de enero de 2023 para este ciclo de 8 años), los desarrolladores pueden presentar solicitudes para proyectos de vivienda que no se ajusten necesariamente a la zonificación o al plan general existentes. Por ejemplo, un constructor presenta los planos para construir viviendas unifamiliares en un área zonificada para viviendas de alta densidad o en un área que no esté zonificada para vivienda en absoluto. 


Si un constructor puede afirmar o no con éxito la Solución del Constructor a los efectos de proceder con sus planes de desarrollo de viviendas es una cuestión legal que depende de todos los hechos y las circunstancias que rodean a ese tema. No se basa exclusivamente en la fecha en la cual se certifican los Elementos de Vivienda. Desafortunadamente, la naturaleza de la sección Solución del Constructor y las preguntas que plantea hace que sea difícil evitar sacar conclusiones precipitadas que alerten al público. Los proyectos de Solución del Constructor han sido archivados en varias jurisdicciones en todo el estado y en el condado de Santa Clara. Hasta el 13 de agosto de 2023, Gilroy ha recibido dos solicitudes preliminares en las que se cita el uso de la Solución del Constructor. No se toma ninguna medida respecto de la solicitud preliminar, más que determinar si la solicitud preliminar está completa. Una vez que se determina que la solicitud preliminar está completa, el solicitante tiene 180 días para presentar una solicitud formal antes de que venza la solicitud preliminar. Hasta la fecha, la ciudad no ha recibido ninguna solicitud formal. Solo cuando se reciba una solicitud formal completa, la ciudad puede realizar una revisión detallada, que incluya los parámetros de la “Solución del Constructor”.