GBI Trade & Law

Jueves 03 de abril 2025

Número: 11

Implementación de Aranceles Recíprocos a las importaciones en USA

Estimados lectores, el día de ayer 02 de Abril de 2025 el presidente Donald J. Trump dio a conocer a través de una conferencia oficial la estrategia que implementará con respecto a los aranceles que había anunciado anteriormente para diversos países, derivado de dicha conferencia se emitió una Orden Ejecutiva por parte de White House, les compartimos los detalles de la implementación de dichos aranceles:


1. FUNDAMENTOS Y CONTEXTO LEGAL

El decreto se basa en una serie de leyes y regulaciones que otorgan al presidente la autoridad para tomar medidas ante amenazas económicas que puedan comprometer la seguridad nacional. Las leyes citadas incluyen:

• Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA): Permite al presidente regular transacciones económicas internacionales en caso de emergencia.

• Ley de Emergencias Nacionales (NEA): Otorga facultades especiales para actuar en situaciones extraordinarias que afecten la seguridad nacional.

• Secciones clave del Trade Act de 1974 y otras disposiciones comerciales: Proveen mecanismos para aplicar restricciones y sanciones comerciales contra países que practiquen comercio desleal o afecten la economía de EE.UU.


2. MEDIDAS DECRETADAS

A. Imposición de Aranceles

    A partir del 5 de abril de 2025, se aplicará un arancel adicional del 10% a todas las importaciones.

   A partir del 9 de abril de 2025, entra en vigor la imposición de aranceles específicos por país establecidos en el Anexo I de la publicación: https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/04/Annex-I.pdf


Excepciones

   Bienes cubiertos por 50 U.S.C. 1702 (b)

   Productos ya sujetos a aranceles de la Sección 232:

  • Automóviles y autopartes (Proclamation 10908)
  • Entrada en Vigor: 
  • Automóviles 03 de Abril de 2025,
  • Autopartes 03 de Mayo de 2025 (en negociación el arancel aplicable)
  • Se pagará el 25% sobre el valor del Auto menos el costo de los insumos de origen de EE.UU.
  • Acero y aluminio
  • Entrada en Vigor: 12 de Marzo de 2025.
  • Se pagará el 25% sobre el valor del producto.

   Bienes sujetos a la columna 2 del HTSUS o futuras acciones bajo la Sección 232.

• Bienes contemplados en el Anexo II de la publicación: https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/04/Annex-II.pdf


B. Artículos del TMEC

  Para el caso de los artículos de México y Canadá estos seguirán bajo el esquema establecido anteriormente mediante IEEPA (orden 14193 y 14194), aquellos que cumplan con reglas de origen del TMEC obtendrán un trato preferencial sin pago de aranceles, por otra parte, en caso de no cumplir con las reglas de origen del TMEC estarán sujetos a un arancel del 25%.


 Una vez que las medidas de emergencia nacional tema del fentanilo y migratorios mejoren y se suspendan, los productos que no cumplan con reglas de origen del TMEC pagarán un arancel del 12%


C. Previsión adicional

  Las tasas arancelarias establecidas en la orden se aplicarán únicamente al contenido no estadounidense de un artículo importado, siempre que al menos el 20% de su valor sea originario de Estados Unidos; para estos efectos CBP está autorizada a exigir la recopilación de la información y documentación sobre un artículo importado.


Para consultar el texto completo de la Orden Ejecutiva de White House, por favor diríjase al siguiente enlace:

https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/regulating-imports-with-a-reciprocal-tariff-to-rectify-trade-practices-that-contribute-to-large-and-persistent-annual-united-states-goods-trade-deficits/

 

Para consultar el texto completo del Anexo I de la Orden Ejecutiva de White House, por favor diríjase al siguiente enlace:

https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/04/Annex-I.pdf

 

Para consultar el texto completo del Anexo II de la Orden Ejecutiva de White House, por favor diríjase al siguiente enlace:

https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/04/Annex-II.pdf



En caso de tener alguna duda o comentario favor de enviarlo al correo: jlinares@comerciointernacional.com.mx, en atención al Lic. Antonio Linares.

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