A través de la Resolución N° 1/2020 (B.O. 08/01/2020) la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, del Ministerio de Desarrollo Productivo, amplió el listado de los bienes que requieren licencias no automáticas de importación y modificó el procedimiento para solicitarlas, así como también su plazo de validez.
La Resolución incluye nuevas posiciones arancelarias que requieren licencias no automáticas de importación. El listado de posiciones arancelarias incluye, entre otros, automóviles, tubos de hierro y acero, electrodomésticos, textiles, calzado, máquinas y aparatos agrícolas, máquinas para formar y moldear combustibles minerales, fibras ópticas y tractores.
Respecto del procedimiento de solicitud, algunos trámites requieren la presentación de formularios específicos.
Asimismo, la Resolución reduce de 180 a 90
días
el plazo de validez de las licencias no automáticas, otorgando una prórroga con al menos quince días de antelación a su vencimiento y por razones fundadas.
La norma se encuentra vigente a partir del 9 de enero de 2020.