Novedades legales


Nuevo Régimen de Anticipos

Mediante la Resolución General 4034-E (B.O. 28/04/17) la AFIP aprobó un nuevo Régimen de Anticipos del Impuesto a las Ganancias. Esta resolución sustituye la Resolución General 327/99 que hasta el momento regulaba este tema y entra en vigencia el 03/05/2017.

Además de establecer las formalidades, plazos y demás condiciones para determinar e ingresar los anticipos, se agiliza el procedimiento para el ejercicio de la opción para su reducción, a través de una evaluación online de las solicitudes presentadas, que tiene en cuenta la categoría en el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper), el monto de la reducción y las solicitudes previas de disminución de anticipos.

Como novedad, a diferencia del régimen anterior se prevé en forma expresa que la AFIP puede denegar la opción de reducción de anticipos ejercida por el contribuyente. La denegatoria de la opción puede ser recurrida por el contribuyente mediante el recurso de apelación ante el Director General (art. 74 Decreto N°1397/79).

Para solicitar la reducción se debe ingresar con clave fiscal al sistema "Cuentas Tributarias" del web site de la AFIP, a través de la opción "Reducción de Anticipos", en la cual, una vez indicado el impuesto y el período fiscal, se debe consignar el importe de la base de cálculo proyectada.

La opción de reducción tiene efecto a partir del primer anticipo que venza luego de su ejercicio. En caso de rechazo o desistimiento de la opción, deben ingresarse los anticipos impagos y sus respectivos intereses.

Todas las notificaciones se realizan al domicilio fiscal electrónico a través de la "e-Ventanilla". 

Este Newsletter es un servicio gratuito que brinda Mitrani Caballero Ojam & Ruiz Moreno,  únicamente  a los fines informativos.
 
Para mayor información, por favor comunicarse con el Departamento de Derecho Tributario.

Los invitamos a visitar nuestra página  web
  
y seguirnos en Facebook