Para: Diputados de Estado, Secretarios de Estado, Abogados de Estado, Diputados de Distrito, Grandes Caballeros

 

De:   Oficina del Abogado Supremo

 

Fecha:  Febrero del 2026

 

Asunto:  Resoluciones presentadas en las reuniones de los Consejos de Estado y Supremo

Las leyes de los Caballeros de Colón permiten a los Consejos de Estado presentar resoluciones al Consejo Supremo que se relacionan a asuntos que afectan a toda la Orden. Todas esas resoluciones deben ser presentadas en buena fe y en espíritu de caridad, unidad y fraternidad. Mientras se preparan para sus convenciones, tengan en cuenta los principios y procedimientos que se exponen a continuación.

 

El Consejo Supremo estableció el proceso de resoluciones para permitir que los consejos subordinados hagan lo siguiente:

  1. Expresar gratitud o apoyo a una persona, un programa fraternal o una política de la Orden;
  2. Enmendar la Constitución o las leyes de la Orden;
  3. Expresar una posición oficial de los Caballeros de Colón sobre asuntos relevantes para la misión e identidad de la Orden;
  4. Presentar nominaciones para el Director Supremo; y
  5. Ofrecer propuestas para mejorar la misión fraternal de la Orden.  

Los Consejos de Estado no deben presentar resoluciones que: (1) estén relacionadas con los gastos monetarios del Consejo Supremo, como las subvenciones financieras para organizaciones; (2) se traten exclusivamente de cuestiones de importancia local que solo sean pertinentes a esa jurisdicción en particular; (3) reconozcan, elogien, denuncien o critiquen a personas individuales u otras organizaciones; (4) propongan cambios en las políticas, las funciones o los procedimientos administrativos de los Departamentos de la Oficina Central; o (5) hayan sido rechazadas por los delegados del Consejo Supremo en los últimos años.


Las resoluciones que no se ajusten a estas expectativas y propósitos pueden ser consideradas inadmisibles, en cuyo caso no se presentarán al Consejo Supremo y no serán consideradas por los delegados.

 

Según los procedimientos de la Orden, los delegados a las reuniones del Consejo Supremo solo podrán considerar aquellas resoluciones que hayan sido aprobadas oficialmente por un Consejo de Estado o presentadas al Consejo Supremo por la Junta Directiva. Las resoluciones que no han sido aprobadas por el Consejo de Estado no deben ser presentadas al Consejo Supremo. Un Consejo de Estado debe adoptar una resolución afirmativamente para que el Consejo Supremo la considere. La “adopción” de una resolución por parte de un Consejo de Estado significa que el programa, la política o el sentimiento expresado en la resolución cuentan con el apoyo de la mayoría de los delegados de la reunión del Consejo de Estado. Al adoptar una resolución y presentarla al Consejo Supremo, el Consejo de Estado afirma efectivamente que apoya la resolución y recomienda que el Consejo Supremo la apruebe.

Un Consejo de Estado también puede utilizar el proceso de resoluciones para enmendar sus propios estatutos. Tras la adopción de una resolución que proponga cualquier cambio a sus estatutos, el Consejo de Estado presentará las enmiendas propuestas al Secretario Supremo, quien las remitirá al Abogado Supremo para su consideración y recomendación por parte de un comité de la Junta Directiva. El comité presentará sus recomendaciones sobre las enmiendas propuestas a la completa Junta Directiva. La Junta examinará y votará estas enmiendas en su reunión de agosto.

 

Conforme a la Sección 22 de las Leyes de los Caballeros de Colón, las resoluciones aprobadas por un Consejo de Estado para su consideración por el Consejo Supremo o la Junta Directiva, incluyendo las propuestas de enmiendas a los estatutos del Consejo de Estado, deben ser enviadas a la Oficina del Secretario Supremo a más tardar el 15 de junio. Por favor envíen estas resoluciones a la siguiente dirección de correo electrónico: supremesecretary@kofc.org.

 

Las resoluciones recibidas por el Secretario Supremo quien dará acuso de recibo por escrito y las enviará a la Oficina del Abogado Supremo para fines de inventario y revisión preliminar. Una vez que las resoluciones hayan sido clasificadas, organizadas y publicadas en un folleto, serán remitidas al Comité de Leyes y Resoluciones. Las resoluciones que se reciban después del 15 de junio no serán publicadas en el folleto de la Convención Suprema y los delegados no las considerarán.

 

Por favor de seguir las instrucciones indicadas anteriormente. Como líderes de sus jurisdicciones o consejos locales, deben estar familiarizados con el procedimiento para redactar, revisar, presentar y aprobar resoluciones. Para obtener una explicación detallada del proceso de las resoluciones y la enmienda de los estatutos del Consejo de Estado, revisen las secciones pertinentes del Centro de Recursos para Funcionarios, que se encuentran en la pestaña “Temas de Consejo y Asamblea”. 

Memo original en formato PDF imprimible

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