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Si ha perdido su trabajo a causa de una incapacidad, ocasionada por lesiones o enfermedades, conozca cuáles son los beneficios de este seguro y los requisitos de elegibilidad del mismo.
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¿Qué es el Seguro por Incapacidad
No-Ocupacional Temporal (SINOT)?
SINOT es un programa que paga beneficios a trabajadores asegurados que han
perdido sus salarios como consecuencia de una incapacidad ocasionada por u
na enfermedad o lesión, no relacionada con el empleo, ni con un accidente de auto.
El Seguro por Incapacidad No-Ocupacional Temporera se estableció como propósito de garantizar a los empleados, no unionados de la
empresa privada, el pleno disfrute de los derechos estableci
dos en la legislación protectora del trabajo vigente en Puerto Rico,
Ley 139
.
Este programa asegura a todos los trabajadores, incluso a los agrícolas. Es voluntario, para los empleados de los gobiernos estatal, federal, municipal y de instituciones sin fines de lucro.
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Se puede reclamar beneficios en casos tales como:
- Un trabajador que se incapacite mientras esté recibiendo Seguro por Desempleo, puede reclamar los beneficios, sin embargo en ese momento tendrá que descontinuar los mismos porque no puede recibir ambos beneficios durante el mismo período.
- Un trabajador, que esté recibiendo la pensión de retiro del Seguro Social y se incapacite podrá solicitar beneficios por la Ley 139, siempre y cuando, haya trabajado 15 semanas después de comenzar a recibir su pensión y cumpla con los demás requisitos de ley.
- Una trabajadora en estado de embarazo, fuera del periodo de licencia por embarazo, también podrá solicitar los mismos.
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Resumen de Beneficios
Algunos de los beneficios o compensaciones que podrá recibir son:
- Beneficios Semanales - equivalentes al 65% de su salario semanal regular con un mínimo de $12 semanales y un máximo de $113 semanales.
- Período Máximo de Beneficios - Los mismos serán pagaderos mientras dure la incapacidad y hasta un máximo de 26 semanas. También podrán ser aprobados en período de 52 semanas consecutivas.
- Período de Espera - Este período será de siete (7) días, excepto si se hospitaliza dentro de los primeros siete (7) días, en cuyo caso se pagarán beneficios desde el primer día de hospitalización.
- Beneficios por Muerte o Desmbramiento- Estos beneficios se deberán reclamar durante los seis (6) meses siguientes al desmembramiento del trabajador o su fallecimiento.
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Limitaciones que impiden su elegibilidad
- El trabajador puede ser inelegible para recibir los beneficios por incapacidad si recibe otros beneficios por cualquier ley de incapacidad temporal; o beneficios por enfermedad, seguro social por incapacidad, compensación por accidentes del trabajo o pensión de veteranos.
- Si recibe ingresos del patrono por concepto de licencia por enfermedad, vacaciones regulares, días feriados, maternidad, pago voluntario, etc.
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De tener cualquier duda, mas información o una cotización sobre los derechos bajo la Ley 139 de Beneficios por Incapacidad no Ocupacional, en iBenefits Insurance Services, estamos a sus ordenes.
Puede contactarnos
a nuestra dirección electrónica:
info@ibenefitsservices.com
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