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Para dirigir la asignación de los ingresos procedentes de la Medida C, la Ordenanza del Impuesto sobre Ventas adoptada por el Concejo Municipal comprende un plan de implementación que establece los siguientes usos específicos permitidos. El plan de implementación se encuentra en la sección 22.45 y establece lo siguiente:
22.45 Usos permitidos: Plan de Implementación.
(a) Los ingresos del impuesto solo se destinarán a financiar los siguientes usos y finalidades. Queda prohibida la financiación con ingresos fiscales de todos los demás usos y fines, salvo lo dispuesto en las subsecciones (c) a (e) de esta sección.
1. Cumplimiento de la ley, policía y seguridad pública.
i. Servicios de cumplimiento de la ley y de patrulla policial;
ii. Servicios policiales de seguridad y control del tráfico;
iii. Represión de las bandas, servicios de recursos escolares y reducción de la violencia;
iv. Servicios de apoyo a la policía, incluido el equipamiento y su financiación;
v. Equipos de respuesta, servicios y recursos de salud mental.
2. Extinción de incendios, paramédicos, reducción del riesgo de incendios forestales y seguridad pública.
i. Mantener los niveles de personal de bomberos y paramédicos para garantizar
tiempos de respuesta rápidos en emergencias 9-1 -1;
ii. Contratar más bomberos y paramédicos para dotar de personal a las estaciones de bomberos;
iii. Establecer unidades paramédicas adicionales en el Departamento de Bomberos,
incluidos equipos paramédicos de soporte vital avanzado;
iv. Adquirir equipos especializados para uso del Departamento de Bomberos y
su financiación;
v. Programas y servicios para reducir el riesgo de incendios forestales, incluyendo alertas tempranas de incendios, planificación de evacuaciones, inspecciones de espacios defendibles y manejo de la vegetación;
vi. Equipos de respuesta de salud mental, servicios y recursos.
3. Infraestructura de Seguridad Pública.
i. Mantener, mejorar, construir y/o reubicar estaciones e instalaciones de bomberos y/o policía (incluyendo, pero no limitado a, adquisición de terrenos, diseño de instalaciones y uso de instalaciones temporales) y su financiamiento.
La asignación de fondos descrita en el plan de implementación es del 40% para el punto 1 mencionado anteriormente, 35% para el punto 2, y 25% para el punto 3.
Espero que la información anterior les dé suficiente “material” para reflexionar mientras se preguntan si nuestros niveles de servicio de seguridad pública merecen su apoyo, antes de que se tomen más recursos de nuestros bolsillos para todo, excepto para nuestra propia ciudad de Gilroy. Juntos, somos la Ciudad de Gilroy, ¡y valemos la pena!
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